¿Qué ocurrió con el examen del Colegio de Abogados para que solo aprobaran 13 aspirantes?
Si los datos preliminares de la más reciente convocatoria del examen de incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica son correctos, cerca de mil aspirantes realizaron la prueba y apenas trece lograron aprobarla. La cifra equivale aproximadamente a un 1,3% de aprobación. Por sí sola, esa estadística ya justificaría una investigación seria. Pero adquiere una dimensión distinta cuando se compara con la evolución histórica del propio examen.
En 2019 la aprobación rondó el 30%. En 2023 algunas convocatorias registraron porcentajes cercanos al 12%. En 2024 una de las pruebas apenas alcanzó un 5% de aprobación, mientras que el promedio anual se ubicó alrededor del 11,7%. Si la cifra actual se confirma, Costa Rica habría pasado en pocos años de aprobar aproximadamente uno de cada tres aspirantes a aprobar poco más de uno de cada cien.
Las autoridades del Colegio tienen la obligación de explicar qué ocurrió.
Existen varias hipótesis y ninguna puede descartarse sin una investigación completa. La primera apunta hacia las universidades. Si el examen refleja fielmente la capacidad profesional de los aspirantes, entonces las facultades de Derecho del país estarían graduando abogados que no poseen los conocimientos mínimos necesarios para ejercer. Sería una conclusión grave, porque implicaría un problema estructural de formación académica que afecta tanto a universidades públicas como privadas.
La segunda hipótesis apunta hacia el propio examen. Durante los últimos años las reglas de evaluación han sufrido modificaciones relevantes. En 2025 la nota mínima de aprobación fue reducida de 80 a 70 puntos por decisión de la Junta Directiva del Colegio. Posteriormente esa decisión fue cuestionada y revertida. Para 2026 volvió a exigirse una calificación mínima de 80 puntos. Paralelamente desapareció el beneficio adicional relacionado con el curso de Deontología que permitía mejorar el resultado final de algunos aspirantes. Resulta imposible analizar los porcentajes actuales sin estudiar el efecto real que tuvieron esos cambios.
Una tercera línea de análisis se encuentra en el instrumento de evaluación. La revisión de exámenes recientes revela preguntas repetidas dentro de una misma prueba, situaciones jurídicas formuladas más de una vez bajo redacciones distintas y respuestas oficiales que podrían generar discusión jurídica razonable entre especialistas de determinadas materias. Nada de esto constituye prueba de error o irregularidad. Pero sí constituye motivo suficiente para una auditoría técnica independiente sobre la calidad del banco de preguntas, los criterios de validación académica y la consistencia metodológica del examen.
También existe una cuarta posibilidad. Que tanto las universidades como el examen estén funcionando correctamente y que el resultado sea consecuencia de una combinación de factores acumulados durante años. Esa hipótesis tampoco puede descartarse. Sin embargo, si fuese cierta, obligaría a abrir un debate nacional sobre el propósito mismo de la prueba. Un examen profesional debe verificar competencias. Lo que corresponde determinar es si un sistema que termina excluyendo a cerca del noventa y nueve por ciento de los participantes continúa cumpliendo esa función o si se ha transformado en otra cosa.
Hay además un aspecto que trasciende la discusión académica. Cuando una institución controla el acceso a una profesión, cuando la autorización para ejercer tiene un enorme valor económico y social, y cuando las tasas de aprobación se vuelven extraordinariamente bajas, aparecen riesgos que cualquier sistema democrático está obligado a vigilar. No se trata de afirmar la existencia de corrupción, tráfico de influencias, filtraciones, venta de información privilegiada o favoritismos. Se trata de reconocer que la concentración de poder sobre un bien escaso siempre genera incentivos que deben ser fiscalizados mediante mecanismos sólidos de transparencia y control.
Precisamente por eso la investigación no puede limitarse a la cifra final de aprobados y reprobados. Deben conocerse la distribución completa de notas, las impugnaciones presentadas, las preguntas anuladas, los criterios utilizados para elaborar la prueba, los estudios técnicos que respalden su validez y las razones concretas que explican una caída tan pronunciada en los porcentajes de aprobación.
Lo verdaderamente preocupante no es que existan varias explicaciones posibles. Lo preocupante es que, con la información disponible hasta ahora, todas continúan abiertas.
Puede tratarse de un problema universitario. Puede tratarse de un problema del examen. Puede ser consecuencia de los cambios en las reglas de calificación. Puede responder a deficiencias técnicas en el banco de preguntas. Puede existir una combinación de todos esos factores. También pueden existir elementos que todavía no han sido expuestos públicamente.
Por eso la discusión nacional no debería centrarse en los trece que aprobaron ni en los cientos que reprobaron. La verdadera pregunta es cómo llegó el sistema a producir un resultado que hace apenas unos años parecía impensable. Mientras esa respuesta no exista de forma pública, verificable y técnicamente sustentada, la investigación seguirá siendo una obligación y no una opción.

Según denuncias recibidas por este medio, esta imagen habría sido publicada por el Colegio de Abogados y posteriormente eliminada. La fotografía parece mostrar una hoja de respuestas ya marcada junto a otra que estaría siendo completada. No ha sido posible verificar de forma independiente la autenticidad de la imagen, su origen ni si fue tomada durante la aplicación del examen.
Este medio realizó búsquedas en bancos de imágenes y repositorios fotográficos de uso común relacionados con exámenes académicos y profesionales, sin encontrar una fotografía idéntica o similar a la aquí mostrada. No obstante, ello no permite determinar por sí solo el origen, autenticidad o contexto en que fue captada esta imagen.
Preguntas que me surgen!
¿Qué ocurrió para que la aprobación del examen del Colegio de Abogados pasara de aproximadamente un 30% en 2019 a una cifra cercana al 1% en la actualidad? ¿Están fallando las universidades costarricenses en la formación de los futuros abogados? ¿Está fallando el examen? ¿Influyeron los cambios en las reglas de aprobación al pasar de una nota mínima de 70 a 80 puntos? ¿Qué efecto tuvo la eliminación del beneficio asociado al curso de Deontología? ¿Existe una explicación técnica que justifique una caída tan abrupta en los resultados?
¿Quién redacta las preguntas? ¿Quién revisa las respuestas? ¿Quién audita el proceso? ¿Existe un banco permanente de preguntas? ¿Cuántas personas tienen acceso a él antes de cada convocatoria? ¿Cuántas preguntas han sido impugnadas o anuladas en los últimos años? ¿Existen estudios psicométricos independientes que respalden la validez del examen? ¿Por qué aparecen preguntas repetidas dentro de algunas pruebas? ¿Por qué existen respuestas oficiales susceptibles de discusión jurídica razonable?
¿Se publican las distribuciones completas de notas? ¿Puede verificarse estadísticamente que el examen mide competencias profesionales y no únicamente capacidad de memorización? ¿Existen diferencias significativas entre universidades? ¿Existen cursos de preparación cuyos resultados sean extraordinariamente superiores al promedio nacional? ¿Se han investigado posibles filtraciones de preguntas? ¿Se han denunciado irregularidades administrativas o penales relacionadas con el examen?
¿Puede una institución con poder para autorizar el ejercicio profesional rechazar a prácticamente todos los aspirantes sin ofrecer una explicación técnica detallada? ¿Se está protegiendo la calidad del ejercicio profesional o se está creando una barrera de acceso cada vez más difícil de superar? ¿Podrían las condiciones actuales generar incentivos para filtraciones, tráfico de influencias, corrupción o acceso privilegiado a información? ¿Existen mecanismos suficientes para impedirlo? ¿Quién fiscaliza a quienes controlan el examen? ¿Quién controla a quienes tienen el poder de decidir quién puede y quién no puede ejercer una profesión?
Y la pregunta más importante de todas: si ninguna de estas interrogantes ha sido respondida de forma pública, transparente y verificable, ¿por qué no se ha iniciado todavía una investigación independiente sobre uno de los procesos de incorporación profesional más importantes del país?
