Solicitud de declaratoria de emergencia en la Zona Norte

San José, 28 de febrero de 2023. El Diputado José Joaquín Hernández Rojas envió el oficio PLN-JJHR-027-23 al señor Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República con el fin de solicitar la declaratoria de emergencia en la zona norte del país a raíz de la contaminación de agua con mercurio en las comunidades de Crucitas, Tiricias, El Jocote, El Roble, Chamorro, Llano Verde y Chorreras del cantón de San Carlos.

Como es de su conocimiento la contaminación de agua con mercurio en esa zona es una realidad debido a la extracción ilegal de oro, los estudios así lo demuestran, esto es una dramática situación, máxime que por órdenes sanitarias están cerradas sus fuentes de agua y que lamentablemente ya muchas personas tienen presencia de mercurio en su sangre, lo que a mi parecer es una verdadera tragedia” precisó el legislador.

Con el debido respeto le solicito interponer sus buenos oficios para que al existir evidencia y motivos suficientes pueda hacerse una declaratoria de emergencia para esa zona, y que se permita con este mecanismo atender de inmediato con más recursos esta situación que viven los vecinos. No es solo llevarles agua en recipientes, es que está contaminación puede durar años o quizás nunca se acabe, siendo la solución efectiva hacerles llegar agua potable desde los acueductos cercanos que se encuentran libres de contaminantes, pero para ello, se requiere de una inversión urgente, lo que una declaratoria de emergencia sería de gran ayuda porque facilita los procedimientos. Además, de que permitirá el uso de tajos cercanos de parte de la Municipalidad de San Carlos, para arreglos de los caminos vecinales y no tener problemas de acceso como los tienen en estos momentos, y que ha imposibilitado la distribución hídrica de los camiones cisterna.

El Comité Municipal de Emergencias de San Carlos, ha elaborado los informes de situación que demuestran las afectaciones, la institucionalidad también ha elaborado los reportes correspondientes que son el sustento para la aplicación de la Ley número 8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, articulo 29, que versa:

“…El Poder Ejecutivo podrá declarar, por decreto, el estado de emergencia en cualquier parte del territorio nacional. Las razones para efectuar la declaración de emergencia deberán quedar nítidamente especificadas en las resoluciones administrativas de la Comisión y en los decretos respectivos, que estarán sujetos al control de constitucionalidad, discrecionalidad y legalidad prescritos en el ordenamiento jurídico”.

Es el momento oportuno para la declaratoria de emergencia, y así evitar igualmente que se dé una mala manipulación en los alimentos desde los hogares, en centros educativos con la población estudiantil un mal lavado de manos de niños y adolescentes, la atención de adultos mayores y personas con discapacidad que para ellos es indispensable contar con el servicio de agua potable, entre otros grupos focales vulnerables que al no contar con el suministro hídrico, podría generarse otro evento en una cadena de situaciones disparadoras como virus estomacales, y otras enfermedades.

Agradeciéndole la gestión para que la declaratoria de emergencia sea una realidad, se despide atento servidor:

José Joaquín Hernández Rojas

Diputado

Fracción Liberación Nacional

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