Sala Constitucional ordena al Ministerio de Seguridad Pública rendir cuentas tras denuncia por requisa abusiva

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió para estudio un recurso de hábeas corpus interpuesto por un hombre de apellidos Mitta Albán contra el Ministerio de Seguridad Pública, a raíz de una intervención policial ocurrida el pasado 6 de julio en el centro de San José. Según el recurrente, dos oficiales lo abordaron sin justificación, le realizaron una requisa corporal que calificó como desproporcionada y atentatoria contra su dignidad, y lo retuvieron por más de 25 minutos sin causa legal aparente.

Los hechos habrían tenido lugar cerca del Colegio Superior de Señoritas, cuando Mitta Albán se disponía a abordar su vehículo tras realizar una compra. De acuerdo con su denuncia, los oficiales no se identificaron, lo colocaron contra una pared y procedieron a extraerle todas sus pertenencias, incluyendo llaves, monedas y su teléfono celular. También denunció haber sido obligado a quitarse los zapatos y las medias, y que uno de los oficiales introdujo sus dedos en sus partes íntimas.

El recurso señala cinco irregularidades en la actuación: ausencia de motivos suficientes para sospechar de la comisión de un delito, falta de advertencia previa, irrespeto a su pudor, negativa de los oficiales a identificarse y privación ilegal de libertad.

La Sala Constitucional dio un plazo de tres días naturales para que tanto el Ministro de Seguridad como el Director de la Fuerza Pública presenten un informe único, bajo juramento, con los elementos probatorios estrictamente esenciales para la resolución del caso. La omisión de este informe podría implicar que se den por ciertos los hechos alegados y que se declare con lugar el recurso.

El informe deberá ser presentado en formato físico o electrónico, debidamente foliado, firmado y en estricto orden cronológico. La desobediencia a esta orden puede acarrear penas de prisión de hasta dos años, conforme lo establece el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

El magistrado instructor designado para la tramitación del recurso es Luis Fernando Salazar Alvarado.


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