¿Que es el Código de Núremberg?

El Código de ética médica de Núremberg recoge una serie de principios que rigen la experimentación
con seres humanos, que resultó de las deliberaciones de los Juicios de Núremberg, al final de la Segunda
Guerra Mundial. Específicamente, el Código responde a las deliberaciones y argumentos por las que fueron enjuiciados la jerarquía nazi y algunos médicos por el tratamiento inhumano que dieron a los prisioneros de los campos de concentración, como por ejemplo, los experimentos médicos del Dr. Josef Mengele.

El Código de Núremberg fue publicado el 20 de agosto de 1947, tras la celebración de los Juicios de
Núremberg (entre agosto de 1945 y octubre de 1946). En él se recogen principios orientativos de la
experimentación médica en seres humanos, porque durante el juicio varios de los acusados argumentaron que los experimentos diferían poco de los llevados a cabo antes de la guerra, pues no existían leyes que categorizaran de legales o ilegales los experimentos.

En abril de 1947, el Dr. Leo Alexander sometió a consideración del Consejo para los Crímenes de Guerra
diez puntos que definían la investigación médica legítima. El veredicto del juicio adoptó estos puntos y
añadió cuatro más. Estos diez puntos son los que constituyen el Código de Núremberg.

Entre ellos, se incluye el consentimiento informado y la ausencia de coerción, la experimentación científica fundamentada y la beneficencia del experimento para los sujetos humanos involucrados.
Los diez puntos son:

  1. Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto humano. Esto significa
    que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar consentimiento; su situación
    debe ser tal que pueda ser capaz de ejercer una elección libre, sin intervención de
    cualquier elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción u otra forma de constreñimiento o
    coerción; debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos implicados
    que le capaciten para hacer una decisión razonable e ilustrada. Este último elemento
    requiere que antes de que el sujeto de experimentación acepte una decisión afirmativa,
    debe conocer la naturaleza, duración y fines del experimento, el método y los medios con
    los que será realizado; todos los inconvenientes y riesgos que pueden ser esperados
    razonablemente y los efectos sobre su salud y persona que pueden posiblemente
    originarse de su participación en el experimento. El deber y la responsabilidad para
    asegurarse de la calidad del consentimiento residen en cada individuo que inicie, dirija o
    esté implicado en el experimento. Es un deber y responsabilidad personales que no
    pueden ser delegados impunemente.
  2. El experimento debe ser tal que dé resultados provechosos para el beneficio de la
    sociedad, no sea obtenible por otros métodos o medios y no debe ser de naturaleza
    aleatoria o innecesaria.
  3. El experimento debe ser proyectado y basado sobre los resultados de experimentación
    animal y de un conocimiento de la historia natural de la enfermedad o de otro problema bajo
    estudio, de tal forma que los resultados previos justificarán la realización del
    experimento.
  4. El experimento debe ser realizado de tal forma que se evite todo sufrimiento físico y
    mental innecesario y todo daño.
    Los puntos
  5. No debe realizarse ningún experimento cuando exista una razón a priori (» a priori»
    conocimiento que es independiente de la experiencia) para suponer que pueda ocurrir la
    muerte o un daño que lleve a una incapacitación, excepto, quizás, en aquellos
    experimentos en que los médicos experimentales sirven también como sujetos.
  6. El grado de riesgo que ha de ser tomado no debe exceder nunca el determinado por la
    importancia humanitaria del problema que ha de ser resuelto con el experimento.
  7. Se debe disponer de una correcta preparación y unas instalaciones adecuadas para
    proteger al sujeto de experimentación contra posibilidades, incluso remotas, de daño,
    incapacitación o muerte.
  8. El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente
    cualificadas. Debe exigirse a través de todas las etapas del experimento el mayor grado de
    experiencia (pericia) y cuidado en aquellos que realizan o están implicados en dicho
    experimento.
  9. Durante el curso del experimento el sujeto humano debe estar en libertad de
    interrumpirlo si ha alcanzado un estado físico o mental en que la continuación del
    experimento le parezca imposible.
  10. Durante el curso del experimento el científico responsable tiene que estar preparado para
    terminarlo en cualquier fase, si tiene una razón para creer con toda probabilidad, en el
    ejercicio de la buena fe, que se requiere de él una destreza mayor y un juicio cuidadoso de
    modo que una continuación del experimento traerá probablemente como resultado daño,
    discapacidad o muerte del sujeto de experimentación.

Código de ética médica
El experimento Tuskegee
Vivisección

Código de Nuremberg, Observatorio de Bioética y Derecho, Universitat de Barcelona (http
s://web.archive.org/web/20100602064823/http://www.pcb.ub.es/bioeticaidret/archivos/norm/
CodigoNuremberg.pdf)
Nuremberg Code en United States Holocaust Memorial Museum (https://web.archive.org/we
b/20080221005221/http://www.ushmm.org/research/doctors/Nuremberg_Code.htm) (en
inglés)
British Medical Journal https://www.cirp.org/library/ethics/nuremberg/) (en inglés)

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