Procuraduría General de la Republica sobre el caso denominado Cementazo

En el caso denominado CEMENTAZO, previo a remitir al Juzgado Penal de Hacienda y la Función Pública, la ACUSACIÓN Y SOLICITUD DE APERTURA A JUICIO en contra de altos mandos del Banco de Costa Rica, el particular Juan Carlos Bolaños Rojas y otros, el pasado 12 de julio, la FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA le comunicó a la PROCURADURÍA DE LA ÉTICA PÚBLICA (PEP) la culminación de la investigación penal.

Los hechos se relacionan con el otorgamiento de un crédito por parte del Banco de Costa Rica para la importación y nacionalización de cemento chino, fondos que se acusa fueron distraídos por parte del particular en contubernio con los funcionarios bancarios investigados.

A la PEP -en su condición de víctima y conforme lo autoriza el artículo 3, inciso h) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y la normativa procesal penal correspondiente- se le concedió un plazo de tres días hábiles para que, por escrito, le indique a la Fiscalía si pretende constituirse en querellante y actor civil. En caso afirmativo, debe presentar la Querella y la Acción Civil Resarcitoria dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo anterior.  Lo anterior, conforme lo establece el artículo 306 del Código Procesal Penal.

Al día de hoy, la PEP está realizando la valoración jurídica que corresponde.

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