Prácticamente el 100 % de los delitos utilizan números fantasmas, ¿Que dicen las Autoridades?

Ante un video realizado por nuestro medio digital CRprensa.com donde demostramos que con solo un numero de cedula obtenido en la página de consultas del Tribunal Supremo de Elecciones nos han llegado varias consultas, entre la que mas se reitera es la de ¿donde puedo averiguar si alguien registró un numero de teléfono a mi nombre? Y las respuestas les sorprenderá.

Durante este día nos contactamos con diferentes instituciones del estado, entre ellas la Contraloría General de la República, la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, la Superintendencia de Telecomunicaciones. También escribimos a la Asamblea Legislativa y Poder Judicial, en todas estas instancias realizamos la siguiente pregunta:

Tal como hemos demostrado en el video, cualquier persona puede registrar un numero de teléfono a nombre de un tercero sin que este se entere, por lo que pueden hacerlo con los datos del Presidente de la República, Diputados, Ministros, Presidentes ejecutivos, Jueces de la República, Contralora de la República, Defensora de los habitantes, en fin, ¿como protegen la imagen y credibilidad de los tres poderes de la república? Sin embargo, aun quedan instituciones por responder, y aun otra por consultarles.

Veamos la Parte Legal

Delitos Informático y Conexos, Sección VIII: “Artículo 230. -Suplantación de identidad. Será sancionado con pena de prisión de uno a tres años quien suplante la identidad de una persona física, jurídica o de una marca comercial en cualquiera red social, sitio de Internet, medio electrónico o tecnológico de información.»

PGR.

Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos: Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones

Artículo 43.—Registro de Información del cliente en servicios prepago. Todos los operadores o prestadores de servicios de telecomunicaciones en modalidad prepago tienen la obligación de llevar un registro con la información básica de sus clientes. Incluyendo al menos pero sin limitarse: nombre, cédula de identidad vigente, documento equivalente o pasaporte a los extranjeros, dirección exacta, número telefónico de referencia o correo alternativo, y para personas jurídicas cédula jurídica, nombre o razón social, dirección física, correo electrónico y cualquier otra información que sea necesaria para localizar al cliente.

Dicha información debe mantenerse en una base de datos la cual pueda ser consultada en línea 24 horas 7 días a la semana, los registros de nuevos clientes deberán de ser incluidos en la base de datos en un periodo máximo de 60 minutos, contados a partir de la adquisición del nuevo servicio prepago.

Artículo 53.—Obligación de los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones de verificar la autenticidad de los datos aportados por el cliente en la suscripción de servicios. Todos los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones se encuentran en la obligación de verificar la autenticidad de los datos y documentos de identificación aportados por sus clientes o usuarios al solicitar o suscribir servicios de telecomunicaciones.

Cuando los operadores y proveedores constaten que la información presentada para la suscripción de servicios es alterada o falseada, deberán negarse suscribir el contrato de los servicios solicitados.

ARESEP

Volvemos a la redacción:

Para la Contraloría General de la República no es un tema que sea de su afectación, según indicó la Jefa de Unidad de Prensa y Comunicaciones. Ley No. 8642 Ley General de Telecomunicaciones dedica el Título II al Régimen de Garantías Fundamentales y su Capítulo II al Régimen de Protección a la intimidad y derechos del usuario final, señalando para este capítulo que le corresponde a la Sutel velar porque los operadores y proveedores cumplan con lo establecido.

Para la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, la SUTEL es un ente publico adscrito a la ARESEP pero con autonomia funcional.

La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) se abstiene a referirise de momento para no hacer adelanto de criterio, lo que no los exime de su responsabilidad de velar pro la protección de datos, por lo que estaremos anuentes, pero el mensaje a la población sigue siendo que si alguna persona considera que por este caso o cualquier otro similar, su información personal ha sido tratada de forma inadecuada o sin su consentimiento, interponga su denuncia ante la Prodhab. Y en caso de dudas, se comuniquen con nosotros a través de la línea 2234-0189 o al correo info@prodhab.go.cr”.

Imagen con fines ilustrativos

Para el Poder Judicial:

¿Son vinculantes los delitos cometidos con estos números al nombre de la persona registrada?
Prácticamente el 100 % de los delitos utilizan números fantasmas, es decir que no tiene una trazabilidad, es común encontrar números a nombre de terceros que no tienen conocimiento de poseer ese servicio y estas personas engruesan las cantidades de denuncias, ya que abren un nuevo proceso por falsedad ideológica o suplantación, depende del caso.

Otros casos encontramos números da nombre de personas fallecidas, o el peor de los casos no tienen nombre y salen como indeterminado. Indudablemente esto es un problema gravísimo para las investigaciones y fomenta la impunidad de los procesos judiciales.

¿Como puede la persona evitar ser víctima judicial de estos actos?
No tiene forma de evitarlo, si al delincuente lo quiere inscribir en estas líneas prepago, no existe mecanismo actualmente, esto porque los sistemas de las operadoras telefónicas así lo permiten.

¿Como protege el Poder Judicial a miembros de los poderes de la república a no ser vinculados con actos que ensucien la imagen institucional?
Me parece que no tiene que ver con los números utilizados para delinquir, cualquier funcionario que se vea envuelto en alguna situación irregular y no tenga participación activa, deberá interponer la denuncia para que se aclare por medio de la investigación su inocencia, como cualquier persona ciudadana, no hay diferencia al ser funcionario público.

Para la SUTEL:

Sobre SUTEL logramos confirmar que no existe una sola herramienta o plataforma donde las personas puedan acudir a verificar si algun numero de telefono prepago ha sido registrado a su nombre, por lo que es la denuncia de un tercero la forma de enterarse que esta siendo vinculado a un hecho delictivo.

Aun esperamos respuestas, como la de SUTEL, ya que el encargado se encuentra en gira por guanacaste por temas de Fonatel. Sin embargo logramos obtener información que nos llama la atención. Como vimos al inicio de la nota, existe un reglamento en el que las empresas se ven obligadas a resguardar la seguridad de los ciudadanos, y ya existen expedientes donde personas han sido vinculados a actos como llamadas al 9-1-1, pero aun no existen sanciones para las operadoras de telecomunicaciones que fallen en el cu,plimiento de este reglamento.

Mañana les compartiremos mas información sobre esta nota!!

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