MOPT abre periodo de recepción de solicitudesde materiales para ayudas comunales

A partir de hoy y hasta el 30 de setiembre del año en curso, el Departamento de Ayuda Comunal de la Dirección de Edificaciones Nacionales del MOPT, recibirá las solicitudes para donación de materiales constructivos y suministro de servicios, destinados estrictamente a las comunidades organizadas e instituciones gubernamentales, para la ejecución de obras comunales.

Las solicitudes y demás requisitos se recibirán durante el periodo indicado, de forma virtual, mediante el correo ayudacomunal@mopt.go.cr o de manera presencial en la Sede Central del MOPT, ubicada al costado norte del Liceo de Costa Rica, en horario de 7:00 am a 3:00 pm de lunes a viernes.

Es importante aclarar que no se tramitarán solicitudes presentadas fuera de las fechas indicadas o bien que estén incompletas (ver requisitos).

Según el “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministros de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, (Decreto Ejecutivo N° 32094-MOPT y sus reformas), únicamente califican para estas donaciones por parte del MOPT las siguientes organizaciones y personas jurídicas:
• Las Municipalidades
• Las Juntas de Protección Social
• Las Juntas de Educación
• Las Juntas Administrativas de Colegios dedicados a la enseñanza
• Las instituciones públicas de Desarrollo Comunal
• Aquellas otras previstas por el artículo 9” de la Ley 4786, Reforma a la Ley de
Creación del Ministerio de Transportes, del 5 de Junio de 1971 y sus reformas
• Las previstas por el artículo 19 de la Ley número 3589 sobre Desarrollo de la
Comunidad• Las Asociaciones declaradas de utilidad pública, especialmente las dedicadas al
embellecimiento de la Red Vial Nacional, sus derechos de vía y resguardo de la
Seguridad Vial y aquellas expresamente previstas por el restante Ordenamiento
Jurídico.

Asimismo, las solicitudes deben contener obligatoriamente la indicación expresa del presupuesto de materiales, el plan de financiamiento y la fecha de inicio de obra.

Es importante aclarar que la sola admisión o presentación de la solicitud, no generará compromiso a la Dirección de Edificaciones Nacionales ni al Departamento de Ayuda Comunal de este Ministerio, para efectuar alguna entrega de materiales o suministro de servicios.

Lo anterior debido a que tanto la recepción como tramitación de las solicitudes, llevan un oportuno
proceso de análisis, ya que la atención de estas se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestaria correspondiente para este año 2022.

También es muy importante que los interesados se informen sobre los compromisos adquiridos con el Ministerio en caso de ser favorecidos con la ayuda, los cuales están estipulados en una declaración jurada incluida en la tercera página del formulario que puede encontrar en el siguiente enlace: https://www.mopt.go.cr/wps/portal/Home/informacionrelevante/edificacionesnacionales/!ut/p/z1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjo8ziPQPcDQy9TQx83M2CXAwcLX18TN38DYz9Lcz0w_EpsDA30I8iRr8BCnA0cAoycjI2MHD3NyJHP7JJhPVH4VMC9gFYAT4nYlGA4oaC3NDQCINMTwBW3yOY/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/ y que son de conocimiento obligatorio.

Finalmente, se debe de destacar que únicamente se recibirán -sin excepción- aquellas solicitudes que cumplan con la totalidad de los documentos y/o requisitos (ver recuadro adjunto).

Una vez concluida la consecuente valoración -legal, presupuestaria y técnica- de las solicitudes recibidas y verificadas, se procederá por parte del Departamento de Ayuda Comunal, a notificar oportunamente a cada una de las organizaciones e instituciones solicitantes, respecto de la viabilidad en cuanto a la aprobación o no, de la eventual entrega de materiales y/o prestación de servicios pretendida. No se solicita el depósito o envío de dinero para gestionar este trámite o un eventual apoyo, por favor esté alerta ante posibles estafas.

Para obtener información adicional, las entidades interesadas pueden llamar a los números
telefónicos: 2523-2601/ 2523-2602 / 2523-2813 / 2523-2434.REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE MATERIALES (SEGÚN DECRETO EJECUTIVO N° 32094-MOPT Y SUS REFORMAS)

Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 32094 – MOPT “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministro de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, en su artículo 5°, únicamente calificarán como debidamente legitimadas a los efectos de resultar favorecidas con la entrega de materiales y suministro de servicios por parte de este Ministerio, las siguientes organizaciones y personas jurídicas: las Municipalidades, las Juntas de Protección Social, las Juntas de Educación, las Juntas Administrativas de Colegios dedicados a la enseñanza, las Instituciones Públicas de Desarrollo Comunal, aquellas otras previstas por el artículo 9° de la Ley 4786, Reforma a la Ley de Creación del Ministerio de Transportes, del 5 de julio de 1971 y sus reformas, las previstas por el artículo 19 de la Ley número 3589 sobre Desarrollo de la Comunidad, las Asociaciones declaradas de utilidad, especialmente las dedicadas al embellecimiento de la Red Vial Nacional, sus derechos de vía y resguardo de la Seguridad Vial y aquellas otras expresamente previstas por el restante Ordenamiento Jurídico.

A) REQUISITOS PARA OBRAS QUE IMPLIQUEN MODIFICACIONES A ELEMENTOS
ESTRUCTURALES (OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, REMODELACIÓN, FINALIZACIÓN)
• Presentar formulario de Solicitud de Materiales completo, firmado por el responsable de la obra (Profesional o Maestro de Obras) y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. Este formulario incluye la Declaración Jurada del Representante Legal, manifestando que conoce, entiende y acepta los alcances de la responsabilidad que conlleva resultar favorecido con la entrega de materiales y servicios, para llevar a cabo las obras comunales o viales que regula Reglamento al
Decreto Nº 32094 – MOPT.
• Presentar indicación expresa de las obras a ejecutar, del presupuesto de materiales, el plan de financiamiento, la fecha de inicio de la obra.
• Carta formal solicitando ayuda, debidamente firmada por el Representante Legal y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental.
• Fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal.
• Certificación de personería jurídica vigente de la Organización Social o Institución Gubernamental (no puede tener más de tres meses de extendida).
• Fotocopia de la cédula jurídica (vigente) de la Organización Social o Institución Gubernamental.
Aportar copia de la cédula de identidad y copia del carné del Responsable de la Obra.
Planos constructivos, firmados y sellados por el Responsable de la obra ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

Nota aclaratoria: Las personas jurídicas debidamente legitimadas para solicitar ayuda, podrán solicitar
por escrito, la colaboración de diseños elaborados por la Dirección de Edificaciones Nacionales para
obras comunales y de la División de Obras Públicas, para obras viales.

1. Certificación emitida por el Registro Público sobre la propiedad del inmueble en el que se ejecutarán
las obras, así como el plano catastrado.B) REQUISITOS PARA OBRAS MENORES
(PINTURA, REPELLOS, CAMBIO CUBIERTA TECHO, MALLA, OTROS)
• Presentar formulario de Solicitud de Materiales completo, firmado por el responsable de la obra (Profesional o Maestro de Obras) y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. Este formulario incluye la Declaración Jurada del Representante Legal, manifestando que conoce, entiende y acepta los alcances de la responsabilidad que conlleva resultar favorecido con la entrega de materiales y servicios, para llevar a cabo las obras comunales o viales que regula Reglamento al
Decreto Nº 32094 – MOPT.
• Presentar indicación expresa de las obras a ejecutar, del presupuesto de materiales, el plan de financiamiento, la fecha de inicio de la obra.
• Carta formal solicitando ayuda, debidamente firmada por el Representante Legal y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental.
• Fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal.
• Certificación de personería jurídica vigente (no puede tener más de tres meses de extendida).
• Fotocopia de la cédula jurídica vigente.
• Certificación emitida por el Registro Público sobre la propiedad del inmueble en el que se ejecutarán las obras, así como el plano catastrado correspondiente.
• Aportar croquis o plano con las cotas y dimensiones.
• Aportar copia de la cédula del maestro de obra.

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR