La inteligencia artificial en el Derecho Natural

La Inteligencia Artificial (I.A) viene ocupando una cantidad de espacios en nuestra sociedad, quienes impulsan la I.A en diferentes áreas de nuestras vidas, ahora también la quieren utilizar en la aplicación de las Leyes que muchos conocemos (Derecho Positivo) el cual compone el ordenamiento jurídico de una sociedad a través de abogados, jueces y magistrados magistrados.

La I.A ya se utiliza en la actualidad para fines de control de noticias falsas en las redes sociales, pero es demostrable que la I.A mas que controlar el flujo de información, se ha convertido en un tema de control social, de restricción de libertad de pensamiento, de impulso de Voz Oficial sin asegurar que dicha voz no esté en manos de grupos corruptos, incluso se ha utilizar la I.A para censurar una marca comercial y privilegiar a otras.

Los Fack-Check es una muestra de que la I.A es manipulable, y que los resultados no serán los que estima la inteligencia artificial, sino el algoritmo programado por los técnicos e ingenieros, o por quienes pagan sus salarios.

Por ello, algunos crédulos que cuentan con un PhD (doctorado) creen en la buena fe de puestos técnicos, que pueden ser ocupados por infiltrados corruptos, grupos corruptos que puedan crear inversiones en I.A, e incluso, resultados por conflictos de intereses políticos o comerciales.

Esta credulidad puede no solo crear muchos inocentes, sino que se convierte en una herramienta de control social similar a la usada en China.

Por eso, les explicamos la diferencia entre Derecho Positivo y el Derecho Natural ….

Derecho Natural (ius naturalisme). Es un concepto abstracto de la ley en acordanza con la naturaleza del hombre. Una regla que está acorde con la naturaleza y el estado del hombre, que sin la observancia de sus máximas, la paz y la felicidad de la sociedad no podrían ser preservadas. Son principios que deben ser deducidos desde el correcto razonamiento, ubicados en el marco de la ética y la moral.

Cuando éstos principios son objeto de análisis, pasan a formar parte de la Filosofía del Derecho y cuando éstos análisis filosóficos son escritos (son reglamentados), entonces es eso lo que llamamos Leyes Naturales (como el lex naturalisme) o sea interpretaciones filosóficas de lo que debe ser el Derecho Natural (ius naturalisme).

Las Leyes Naturales (las diferentes corrientes filosóficas), tratan de definir una «ley superior», escrita por el hombre, derivada del conocimiento de las elecciones generales hechas por el ser vivo, que interpreta lo que es bueno o lo que es malo. En la teoría de la ética, algunas elecciones, disposiciones o acciones, pueden ser consideradas inhumanas, crueles, perversas o irracionales desde un punto de vista moral. A la vez, en la teoría política, ciertas propuestas, políticas o acciones pueden constituir violaciones de los «Derechos Humanos». En la jurisprudencia internacional, ciertas acciones podrían tipificarse como «crímenes contra la humanidad» y tanto las naciones como los individuos, pueden reclamar inmunidad sobre éstas demandas legales u obligaciones.

Un ejemplo de Ley Natural es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se trata de «positivizar» el Derecho Natural.

Nota 1: En idioma Inglés no existe la diferencia entre el Derecho Natural y la Ley Natural, que si existe en el idioma Castellano, a ambas se les denomina «Natural Law», motivo por el cual, cuando se está leyendo un documento en ese idioma hay que aprender a distinguir cuando se refiere a uno u otro. En textos muy especializados la diferenciación la hacen en el idioma madre del derecho, el latín, así pues el Derecho Natural es ius naturale o ius naturalis y las primeras corrientes filosóficas de la Ley Natural se encontraban en el marco de interpretaciones religiosas, que era denominado lex naturale o lex naturalis. En la actualidad cuando se hace alusión al lex naturalis en general se refiere a alguna de las Leyes Naturales, como interpretaciones filosóficas.

Nota 2: algunos autores hispanos usan indistintamente ambos términos, Derecho y Ley Natural; otros autores, si bien son concientes de la diferencia, los utilizan permutados.

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