JUPEMA: “Documento de SUPEN a Diputados NO es un Estudio Actuarial”

La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA) salió al paso de la información del oficio SP-801-2023 suministrada por la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) a los diputados de la Comisión de Ingreso y Administración donde se tramita el expediente 23.733 Ley “Misma Patrono, Misma Contribución”, para aclarar que la misma no es un estudio actuarial que sustente la viabilidad del proyecto de Ley.

En el oficio firmado por su jerarca, Rocío Aguilar, se adjunta un documento que según indica la nota a los diputados: “… dado el señalamiento que se ha hecho, en el sentido de que no se encuentran en el expediente los estudios que sustenten las medidas planteadas en este proyecto para lograr una reducción del porcentaje de aporte patronal al RCC y al Fondo de jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, se adjunta a este oficio un estudio actuarial acerca de los efectos del proyecto de ley 23.733, elaborado por el actuario Rafael Chavarría Delvó, quien es funcionario de la División de Supervisión de Regímenes de Capitalización Colectiva de esta Superintendencia”.

“Que peligroso inducir a un error a los diputados solo por justificar la ausencia de estudios fundamentados que den solidez y certeza sobre la viabilidad de esta iniciativa de Ley. Este documento no es un estudio actuarial, no cumple con los estándares internacionales, ni tampoco de la propia reglamentación de SUPEN. Entonces, cómo se llegó a esas conclusiones y cómo se calculó el déficit actuarial es una incógnita. Parece que se sacaron de la manga los cálculos, y esto es muy serio considerando las implicaciones que puede tener este proyecto de Ley en la sostenibilidad de fondos de pensiones como el RCC del Magisterio Nacional”, dijo Seidy Álvarez, presidenta de JUPEMA.

Álvarez agregó que las conclusiones del documento son superficiales, sin recomendaciones claras que indiquen cómo solventar el déficit actuarial que se generaría, ya que solo toma datos del estudio actuarial del RCC, parte de su superávit y se asume que modificando el perfil de beneficios se equilibraría sin datos de un estudio que justifique ese cambio en la Ley.

 Los estándares internacionales (ISAP 1 y 2) de la Asociación Internacional de Actuarios, así como las Directrices sobre Trabajo Actuarial para la Seguridad Social de la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señalan que el actuario debe completar un reporte detallado que contenga datos utilizados (indicadores financieros, demográficos, etc.), metodología o procedimientos utilizados, valoraciones objetivas de escenarios o supuestos, la información utilizada de terceros, aspectos que están ausentes en dicho documento. Dichos estándares indican que el informe debe contener información suficiente para permitir que un experto independiente realice una revisión y que las partes interesadas tomen decisiones fundamentadas basadas en los resultados presentados,

“Lo que hicieron fue tomar datos de la valuación actuarial del RCC, hacer una recapitulación de la situación considerando resultados y de ahí determinar un impacto de ₡77.247 millones, pero no dice cómo hicieron ese cálculo. A manera de ejemplo, el estudio actuarial de JUPEMA sobre el RCC es de 115 páginas, el documento de la SUPEN es de 10 páginas para dos regímenes (Magisterio Nacional y Poder Judicial)”, explicó Álvarez.

El reglamento de la SUPEN en su artículo 11 señala que un informe actuarial debe contener información general, periodo, resumen ejecutivo, contexto económico, demográfico, metodología, base de datos y supuestos, entre otros, que claramente en el documento presentado a la comisión no se encuentran.

Además, la norma del CONASIFF señala las características que los supervisados deben cumplir para los estudios actuariales, aunque ellos son supervisores, estándares actuariales internacionales sobre los cuales posiblemente se basa también este reglamento es para todo tipo de estudios actuariales, indistintamente si se es supervisado o supervisor.

En este sentido, JUPEMA llama la atención de los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración para que exijan datos más transparentes y fundamentados que demuestren el verdadero impacto de este proyecto de Ley, el cual como lo ha señalado la institución estaría afectando la sostenibilidad financiera del régimen de pensiones del RCC.

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