Inicia proceso de atención para la solicitud de la Categoría Especial Temporal

A partir del 17 de abril inició el proceso de recepción de documentación de las personas de Cuba, Venezuela y Nicaragua para optar por la Categoría Especial Temporal, a quienes sacaron su cita a través del call center 1311 y Portal de Citas Web de Migración.

Marlen Luna Directora General de Migración y extranjería

Para optar por la Categoría Especial Temporal, las personas de Cuba, Venezuela y Nicaragua deben haber realizado una solicitud para el reconocimiento de refugio después del 1 de enero del 2010 y hasta el 30 de setiembre del 2022, y residido en el país desde el momento en que se formuló la solicitud de refugio y hasta la fecha en que presente su solicitud para la categoría especial. Asimismo, que la solicitud de refugio se encuentre pendiente o haya sido denegada a la fecha de entrada del Decreto y que no cuente con ninguna otra categoría migratoria aprobada.

El día de la cita debe presentar requisitos como formulario de filiación y solicitud, certificado de nacimiento legalizado o apostillado (o declaración jurada si no lo tiene), certificación de antecedentes penales legalizado o apostillado, fotocopia de la primera página del pasaporte o la cédula de identidad de su país de origen, comprobante de huella y comprobante de pago por concepto de especies fiscales (¢125 + ¢2,50 por cada folio), el cual debe depositarse en la cuenta #242476-2 del Banco de Costa Rica. Para este pago debe realizar previamente el proceso de tasación.

Esta Categoría Especial Temporal le permite a la persona trabajar en cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o con patrono, así como salir del país en el momento que así lo requiera, con una vigencia de dos años, renovable. Por esto, instamos a quienes les haya sido denegada su solicitud de refugio o que lo haya solicitado y se encuentren aún en el proceso de valoración, puedan acceder a esta categoría y regularizar su condición migratoria” señala Marlen Luna, Directora General de Migración.

Luego de aprobada su Categoría Especial Temporal, la persona tendrá 90 días para realizar el proceso de documentación, para el cual debe presentar un comprobante de pago por $95 y el comprobante de aseguramiento ante de la Caja Costarricense de Seguro Social. 

La solicitud deberá presentarla ante Migración, y para ello deberá sacar una cita a través del Call Center marcando 1311 o por el Portal de Citas Web, en el link Portal-de-Citas-Web. Puede encontrar mayor información y los requisitos en el sitio web de Migración http://bit.ly/3IXyAHI

Unidad de Comunicación

Dirección General de Migración y Extranjería

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