INCOPESCA reduce porcentaje permitido de captura incidental de pez vela

Medida procura un ordenamiento de las capturas de una de las especies de interés turístico y deportivo, dado su valor para la pesca turística nacional e internacional, así como el aprovechamiento sostenible de la pesca”, comentó Heiner Méndez Barrientos, ministro de Pesca y Acuicultura.

La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, INCOPESCA, mediante el acuerdo AJDIP/017-2023, estableció nuevas regulaciones a la captura y comercialización del Pez Vela del Pacífico (Istiophorus platypterus).

A partir de esta nueva normativa, la pesca incidental no podrá exceder el 10% (peso eviscerado), de la captura total de la embarcación por cada viaje de pesca comercial no turística realizado. Además, se prohíbe la exportación de Pez Vela, medida de ordenación pesquera que será revisada anualmente. De esta forma, en caso de producirse pesca incidental de esta especie, en la actividad de pesca comercial no turística, sin que fuera posible la devolución al mar del ejemplar aún vivo, solo se permitirá la comercialización del producto en estado fresco o congelado para consumo humano exclusivamente en el mercado nacional.

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