Fuerza de Trabajo Interinstitucional entre los Poderes de la República

Fuerza de Trabajo Interinstitucional entre los Poderes de la República | Antecedentes | Nota de Prensa TSE.

El pasado 27 de mayo los Supremos Poderes de la República firmaron un manifiesto en el que se expresa su voluntad, cada uno en el marco de sus límites legales y competencias constitucionales, de impulsar cinco puntos de acción estratégicos en pro del combate al fenómeno del Crimen Organizado en todas sus manifestaciones.  

Al efecto, la fuerza de trabajo interinstitucional construyó una hoja de ruta para el cumplimiento de cada uno de los puntos señalados en el manifiesto; la cual consiste en:

Punto Primero: Evaluar los marcos legales existentes para proponer mejoras, a efectos de que las acciones preventivas y punitivas en la materia sean eficaces y contundentes.

 Al respecto, la fuerza de trabajo interinstitucional entre los poderes de la República recomienda, respetando todas las fases correspondientes al proceso de creación de la ley:

  • Ampliar las facultades del Ministerio Público para que tenga las posibilidades establecidas en esa norma (perdón judicial, reducción de la pena, concesión de beneficio) también para el delito de legitimación de capitales.
  • Se propone incorporar la actividad de compra venta de vehículos como una Actividad y Profesión no Financiera Designada (APNFD), dada su vulnerabilidad de ser utilizada para el lavado de activos o la financiación del terrorismo; el uso intensificado del efectivo en moneda nacional y divisa extranjera para este tipo de transacciones resulta ser un indicador de que estos intercambios comerciales deben ser regulados.
  • (nuevas tecnologías) dada la posibilidad de que puedan ser utilizados para el lavado de activos o la financiación del terrorismo. Esta medida permitiría cumplir con la recomendación 15 del GAFI.
  • Se propone fortalecer la legislación nacional respecto al conocimiento del cliente de las entidades financieras, mediante el reforzamiento de los alcances de la base de datos de la política “conozca a su cliente”.
  • . De conformidad con el estándar internacional de GAFI/OCDE, con el fin de cerrar las brechas de cumplimiento sobre las observaciones hechas al país en la última evaluación. 
  • , prohibiendo o restringiendo el uso de efectivo; esto robustecerá la lucha contra la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo.
  • de dinero en efectivo, remisiones por medio del correo postal y las mercancías consideradas de alto riesgo (como el oro y otros metales y piedras preciosas) que, paralelamente, permitiría cumplir con la recomendación 32 del GAFI.
  • Fortalecer el tipo penal de financiamiento al terrorismo para que la incautación alcance los activos virtuales, dotando al operador de justicia de herramientas legales adecuadas previendo el alcance de la incautación de nuevas tecnologías. Atendiendo el interés de la comunidad internacional en la mejora de los procesos de incautación y bloqueo de flujos financieros de naturaleza terrorista y/o para financiar la proliferación.
  • . Mejorar la descripción en los alcances de la disposición y de las tipologías susceptibles de ser enjuiciados por los tribunales del país, con independencia de que hayan ocurrido en otra jurisdicción territorial.
  • . Esto se haría de conformidad con el estándar internacional de GAFI y con el fin de cerrar las brechas de cumplimiento sobre las observaciones hechas al país en la última evaluación. 
  • Esta medida brinda seguridad a las personas, su estabilidad personal y familiar; también, esto contribuye a la reducción de los costos de mantenimiento de las medidas de protección.
  • . Instar una reforma a efectos de que esta modalidad especial de recepción de prueba deba ser practicada ante la solicitud del Ministerio Público.
  • . Se propone la reforma de esta figura para establecer un plazo razonable para que el juez se pronuncie.
  • Ampliar los perfiles de puestos que deberían ser incluídos como declarantes de su situación patrimonial ante la Contraloría General de la República, previo a un análisis en mayor detalle con las instancias competentes.
  • especial cuyo propósito es prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública; asimismo, precisar aún mejor las conductas descritas para su debida aplicación por el operador de justicia.

Punto Segundo: Establecer mecanismos para fortalecer a las instituciones competentes de la tecnología y el capital humano necesario para hacer frente a los retos que significa contrarrestar el fenómeno del crimen organizado.

Al respecto, la fuerza de trabajo interinstitucional entre los poderes de la República recomienda:

Punto Tercero: Gestionar la cooperación y asistencia de organismos internacionales y socios estratégicos, con la implementación de programas que permitan fortalecer el trabajo conjunto entre las autoridades y cuerpos policiales del país para contrarrestar los efectos del crimen organizado.

 Al respecto, la fuerza de trabajo interinstitucional entre los poderes de la República recomienda:

Punto Cuarto: Potenciar los instrumentos de gestión, como la Estrategia Nacional sobre Drogas y Delitos Asociados; el Plan Nacional sobre Drogas, Legitimación de Capitales y Financiamiento del Terrorismo; Evaluación Nacional de Riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo y la Estrategia Nacional de Integridad y Prevención de la Corrupción y Similares, como complemento a los planes y actuaciones en materia de investigación y justicia penal.

 Al respecto, la fuerza de trabajo interinstitucional entre los poderes de la República recomienda:

Punto Quinto: Otros ámbitos de recomendación que se considere necesario implementar.

 Al respecto, la fuerza de trabajo interinstitucional entre los poderes de la República recomienda:

  • Establecer un Comité Operativo de Alto Nivel que brinde seguimiento operacional, político y económico a todas las acciones anteriores, cuyos miembros serán designados por cada una de las presidencias de los Supremos Poderes.

San José, 17 de junio de 2021.

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